El SMA consigue que se modifique el BOJA del pasado día 22 de Abril especificando que la ley de la dependencia debe ser suscrita tanto por un medico/a como por un enfermero/a. Tras el Decreto-ley 3/2024, en el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa, se establecen una serie de cambios en el procedimiento para solicitar la prestación por dependencia que en primera instancia eran competencia exclusiva del facultativo.
A raíz de dicha modificación son publicadas las instrucciones y el procedimiento ( anexos ) para la realización de informes sobre condiciones de salud, en los que se especifica que es una tarea propia de enfermería:
“Este formulario será elaborado, al igual que en fase previa, por las Enfermeras de Familia de referencia de la persona en Atención Primaria o, en su caso, por la Enfermera Gestora de Casos del centro.”
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