Resolución definitiva concurso de traslado Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias,
especialidad Veterinaria
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Aprobar la resolución definitiva del concurso de traslado, adjudica definitivamente las plazas ofertadas, así como las plazas acumuladas.
Anexo I: listas definitivas de las personas concursantes que obtienen destino, puntuación otorgada así como de la plaza definitivamente adjudicada, y con indicación de no haber sido baremado/a si no ha sido relevante para la adjudicación de dichos destinos.
Anexo II: listas definitivas de las personas concursantes que no obtienen destino, con indicación de la causa de exclusión en caso de resultar «excluido/a», y con indicación de no haber sido baremado/a en caso de no tener opciones de obtener plaza en función de la puntuación del autobaremo de méritos y de los destinos solicitados o solicitar el mismo destino que ya ostenta.
Anexo III: listas definitivas de las personas a las que se les ha concedido su participación condicionada por razones de convivencia familiar
Anexo IV: relación de causas de exclusión.
Anexo V: relación de causas de denegación de la participación condicionada por razones de convivencia familiar a obtener destino en el mismo municipio.
Los destinos adjudicados son irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública.
Las personas adjudicatarias deberán cesar en la plaza que, en su caso, desempeñan dentro de tres días hábiles, contados a partir del día 3 de Octubre de 2024 inclusive (3 al 7 de octubre), iniciándose el cómputo de dicho cese a la finalización de los permisos o licencias que hayan sido concedidos a las personas interesadas, salvo que por causas justificadas esta Dirección General acuerde suspender el disfrute de los mismos.
La toma de posesión de la nueva plaza de las personas adjudicatarias, deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese, si las plazas son de la misma Área de Salud; en el plazo de diez días hábiles, si son de distinta Área de Salud; o en el plazo de un mes si implica cambio en el Servicio de Salud de destino o supone el reingreso al servicio activo.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
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