Novedad Legal
Un reciente informe técnico-jurídico analiza un cambio jurisprudencial fundamental que abre la puerta a que los Médicos Internos Residentes (MIR) cobren sus horas de guardia en las pagas extraordinarias.
El contexto: Hasta la fecha, el Servicio Andaluz de Salud (SAS) abonaba en las pagas extra exclusivamente el sueldo base y el complemento de formación, ciñéndose al mínimo legal establecido en la normativa estatal (art. 7.2 del RD 1146/2006).
La decisión del Tribunal Supremo: El 25 de febrero de 2026, la Sala Cuarta del Tribunal Supremo dictó la Sentencia n.º 198/2026, la cual establece que las guardias médicas (jornada complementaria) son una parte “normal y habitual” del trabajo de estos profesionales en formación. Al no ser una retribución extraordinaria, el Alto Tribunal dictamina que estas guardias deben incluirse en las pagas extraordinarias de junio y diciembre.
Impacto en futuras reclamaciones: Esta sentencia unifica el criterio a nivel nacional y rectifica la postura restrictiva que mantenían hasta ahora los tribunales en Andalucía. Por ello, se concluye que a partir de ahora es muy probable que las reclamaciones judiciales de los MIR sean favorables, permitiéndoles recuperar el importe correspondiente al prorrateo de las guardias realizadas durante el semestre en el que se devenga
Cómo reclamar el prorrateo de guardias en la paga extra
El Sindicato Médico Andaluz (SMA) de Almería ha reactivado el procedimiento para que los Médicos Internos Residentes (MIR) reclamen el prorrateo de sus guardias en las pagas extraordinarias del año anterior.
El motivo de la reclamación Históricamente, el Servicio Andaluz de Salud (SAS) solo abonaba el sueldo base y el complemento de formación en las pagas extra de los residentes. Sin embargo, la reciente Sentencia del Tribunal Supremo n.º 198/2026 (de 25 de febrero) ha unificado la doctrina, determinando que las guardias (jornada complementaria) son parte habitual del trabajo y deben incluirse en las pagas extra de junio y diciembre. Este cambio jurisprudencial hace muy probable que las nuevas reclamaciones sean favorables para los profesionales.
Procedimiento para reclamar paso a paso
Para iniciar la reclamación, debes completar las siguientes gestiones y comunicarte con la Asesoría Jurídica del Sindicato:
Ser afiliado del Sindicato médico de Almería. AFÍLIATE
1. Apoderamiento Apud Acta (Representación Legal) Debes autorizar telemáticamente a los abogados del sindicato para que te representen:(MANUAL PARA PRESENTACION DE APUD ACTA)
- Accede a la Sede Judicial Electrónica utilizando tu Certificado Digital o Cl@ve PIN. (Necesitarás tener instalado el programa AutoFirm@).
- Selecciona “Nuevo Apoderamiento” en calidad de “Poderdante” y añade a los dos abogados del sindicato: N.º Colegiado 3321 y N.º Colegiado 2635, ambos del Ilustre Colegio de Abogados de Almería.
- Elige el tipo de apoderamiento “Para cualquier actuación judicial” y confirma la firma.
- Descarga el archivo generado (
CertificadoRegistro.pdf) y envíalo a la asesoría jurídica al correo fm3321@icaalmeria.com.
2. Rellenar la reclamación a la Administración
- Cumplimenta el documento de reclamación dirigido a la Dirección Gerencia de tu centro, solicitando el abono del prorrateo del año previo y su inclusión en nóminas sucesivas.
- Envíalo por registro telemático de la junta de andalucía (Manual presentación de escrito) la Dirección Gerencia de tu centro
- Una vez rellenado y firmado, envíalo al mismo correo electrónico: fm3321@icaalmeria.com.
3. Seguimiento de notificaciones
- Si la administración te contesta por escrito o te hace recoger alguna notificación física, debes enviarla en el mismo día al correo de la asesoría jurídica (fm3321@icaalmeria.com) para que los abogados puedan actuar a tiempo.
En caso de dudas procesales o problemas informáticos durante el proceso, puedes contactar con los delegados sindicales del SIMEAL para recibir asistencia.
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